El Gobierno estableció el cobro de la atención médica para extranjeros no residentes en hospitales públicos

La nueva disposición establece diferencias según la situación migratoria y mantiene una excepción clave para quienes necesiten atención de urgencia.

NACIONALES

Lucas A. Vilte

8/11/20264 min read

El Ministerio de Salud de la Nación estableció un nuevo procedimiento para la atención de personas extranjeras en los hospitales nacionales. La medida surge a partir de las modificaciones introducidas en la Ley de Migraciones por el DNU 366/2025 y establece distintos requisitos según la condición migratoria de cada paciente.

El nuevo esquema diferencia entre extranjeros con residencia permanente, personas no residentes con cobertura médica y quienes no cuentan con seguro de salud.

Uno de los puntos centrales es que la atención de urgencia continuará garantizada para cualquier persona, independientemente de su situación migratoria.

En cambio, las prestaciones que no sean consideradas urgentes podrán quedar sujetas al pago correspondiente o a la presentación de un seguro médico que cubra los costos.

🚑 Las emergencias seguirán siendo atendidas

La normativa establece que ningún requisito administrativo podrá impedir o demorar la atención cuando exista un peligro concreto e inmediato para la vida o para una función vital.

Dentro de los cuadros considerados de emergencia se encuentran infartos, accidentes cerebrovasculares, traumatismos graves, hemorragias importantes, shock, insuficiencia respiratoria aguda, sepsis, intoxicaciones, quemaduras extensas y distintas emergencias obstétricas, pediátricas y neonatales, entre otras situaciones.

Además, si al momento del ingreso existen dudas sobre la gravedad del cuadro, deberá priorizarse la atención médica hasta que el profesional determine si efectivamente se trata de una emergencia.

La clasificación quedará exclusivamente a cargo del personal sanitario responsable del paciente.

🪪 Qué pasa con los extranjeros que tienen residencia permanente

Las personas extranjeras que cuentan con residencia permanente mantienen el mismo acceso al sistema sanitario nacional que los ciudadanos argentinos.

Para acreditar esa condición deberán presentar el DNI para extranjeros vigente, donde figure expresamente la residencia permanente.

Si el documento fue extraviado o se encuentra en proceso de renovación, podrá utilizarse provisoriamente la constancia digital de residencia permanente en trámite emitida por la Dirección Nacional de Migraciones, acompañada por el pasaporte vigente o el documento de identidad correspondiente.

💳 Qué deberán hacer los no residentes

El cambio alcanza principalmente a los extranjeros que se encuentran en Argentina como no residentes.

Para las prestaciones que no sean de urgencia, deberán contar con un seguro médico que cubra la atención solicitada o afrontar el costo correspondiente.

Cuando el paciente tenga cobertura, el hospital podrá reclamar directamente el importe a la compañía aseguradora.

En esos casos, el establecimiento deberá informar el ingreso a la empresa dentro de las primeras 24 horas y posteriormente generar la documentación necesaria para facturar las prestaciones realizadas.

La aseguradora tendrá un plazo de 45 días corridos para efectuar el pago. Si no cumple con ese plazo, el hospital podrá iniciar las acciones correspondientes para recuperar la deuda.

💰 Si no tienen seguro, deberán pagar antes

Para quienes no cuenten con cobertura médica, el procedimiento establece que deberán abonar por adelantado el 100% del costo de la prestación cuando se trate de consultas, estudios o procedimientos programados.

El establecimiento deberá calcular previamente el valor de acuerdo con el nomenclador vigente.

Una vez realizado el pago, se entregará un comprobante que permitirá llevar adelante la práctica médica o técnica programada.

En caso de que el paciente tenga un seguro, pero la cobertura no alcance a cubrir la totalidad del tratamiento, podrá asumir la diferencia o afrontar el costo restante de la prestación.

🏥 Qué ocurre después de una emergencia

La atención de urgencia no queda condicionada al pago ni a la presentación de documentación.

Sin embargo, una vez superada la situación de emergencia, las prestaciones posteriores pueden comenzar a ser facturadas.

En esos casos, el hospital deberá calcular los costos generados desde la finalización de la emergencia hasta el alta médica y comunicar el monto correspondiente al paciente o a su representante.

La normativa también obliga a los establecimientos a conservar la documentación respaldatoria, realizar controles sobre las prestaciones facturadas y capacitar al personal encargado de admisión, facturación y auditoría.

📋 Qué modificó el DNU 366/2025

El nuevo procedimiento se desprende de los cambios realizados en la Ley de Migraciones mediante el DNU 366/2025.

La modificación estableció que los extranjeros deben recibir atención obligatoria cuando se trate de una emergencia, sin importar su situación migratoria.

Al mismo tiempo, quienes poseen residencia permanente conservan las mismas condiciones de acceso al sistema sanitario que los ciudadanos argentinos.

Para quienes no tengan residencia permanente, en cambio, las prestaciones que no sean urgentes en hospitales dependientes del Estado nacional pueden quedar sujetas al pago de aranceles o a la existencia de un seguro de salud.

🇦🇷 El argumento del Gobierno

Desde el Gobierno nacional sostuvieron que las modificaciones responden a un aumento de personas extranjeras que ingresarían al país con el objetivo específico de utilizar el sistema público de salud.

El DNU había señalado que se registraba el ingreso de ciudadanos de países vecinos que acudían a establecimientos sanitarios argentinos para recibir prestaciones gratuitas y luego regresaban a sus países de origen.

Según los fundamentos oficiales, esta situación habría generado un incremento de la demanda sobre hospitales públicos y una mayor utilización de recursos humanos y materiales.

El Gobierno vinculó esta situación con la necesidad de preservar la sostenibilidad del sistema sanitario y establecer mecanismos para recuperar los costos de determinadas prestaciones.

⚕️ El nuevo esquema, en pocas palabras

La medida establece una diferencia concreta:

  • 🚑 Emergencias: atención garantizada para cualquier persona, sin importar su situación migratoria.

  • 🪪 Residentes permanentes: mantienen las mismas condiciones de acceso que los argentinos.

  • 🛡️ No residentes con seguro: podrán utilizar la cobertura para afrontar las prestaciones no urgentes.

  • 💳 No residentes sin seguro: deberán pagar las prestaciones no urgentes según los valores establecidos.

  • 🏥 Después de una emergencia: los tratamientos posteriores pueden ser facturados.

De esta manera, el Gobierno nacional implementó un sistema que busca diferenciar el acceso a la atención según la condición migratoria y el tipo de prestación médica, mientras mantiene como principio central que ninguna persona puede quedar sin asistencia frente a una emergencia.

Sumate al grupo de WhatsApp de tu barrio de Alguien Sabe Jujuy 📲

Recibí las noticias que realmente te importan: lo que pasa en tu barrio, contado al momento.
Tenemos grupos de WhatsApp creados por nosotros para cada zona, donde vas a encontrar información local, alertas y datos útiles: https://wa.me/message/566RRLTDP6MUF1

👉 Escribinos al 3885383314 y pedí sumarte al grupo de tu barrio.

Además, seguinos en Instagram y Facebook como @alguiensabejujuy para estar siempre al día.